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El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió ejercer su facultad de atracción para analizar el amparo directo promovido por la Fiscalía General de la República (FGR) en el caso de Mario Aburto Martínez, con el objetivo de determinar si fue correcto el marco legal utilizado para imponerle una sentencia de 45 años de prisión por el asesinato de Luis Donaldo Colosio, ocurrido en marzo de 1994.
La controversia gira en torno a la aplicación del Código Penal Federal, con base en el cual se dictó la condena de 45 años, y no del Código Penal de Baja California —entidad donde ocurrió el magnicidio—, el cual establece una pena máxima de 30 años por el delito de homicidio doloso.
Durante la sesión de este miércoles, el máximo tribunal resolvió las Solicitudes de Ejercicio de Facultad de Atracción 929/2025 y 947/2025. En la discusión no participó la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, debido a su anterior desempeño como funcionaria de la FGR.
Con la atracción del amparo directo 104/2021, promovido por la Fiscalía, la SCJN deberá definir cuál es el parámetro jurídico adecuado para analizar un procedimiento penal por magnicidio bajo el sistema penal tradicional, garantizando tanto los derechos del sentenciado como los de las víctimas indirectas.
La resolución que emita el Pleno podría tener consecuencias determinantes: Mario Aburto podría quedar en libertad inmediata si se confirma la aplicación del código penal de Baja California, al haber cumplido ya 30 años de prisión, o bien deberá completar los 15 años restantes de la sentencia que reclama la FGR.
En contra de la atracción del caso votaron las ministras Yasmín Esquivel Mossa y María Estela Ríos González, mientras que la mayoría del Pleno consideró necesario que la Corte se pronuncie de fondo sobre la legalidad de la condena impuesta.

El caso volvió a cobrar relevancia en 2023, cuando la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió un amparo a favor de Aburto Martínez, el cual fue concedido por un Tribunal Colegiado para que se aplicara la pena máxima de 30 años prevista en la legislación estatal. Dicha resolución fue impugnada por la FGR.
Posteriormente, en octubre de 2024, la Primera Sala de la SCJN dejó sin efecto ese amparo y ordenó reponer el procedimiento. Aunque los familiares de Colosio
Murrieta, considerados víctimas indirectas, fueron citados a declarar, no comparecieron, y el caso estaba previsto para resolverse el 9 de diciembre de 2025.
Sin embargo, el presidente de la Suprema Corte, ministro Hugo Aguilar, ordenó suspender la resolución tras admitir el nuevo recurso presentado por la Fiscalía General de la República.
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